Resumen: Un licenciado es despedido por la empresa por causa disciplinaria, si bien le presenta un acuerdo transaccional en el que se fijaría su condición de improcedente, fijando una serie de compensaciones económicas y otra serie de obligaciones de confidencialidad y similares de cargo del trabajador. El mismo no aceptó tal oferta. Declarado improcedente tal despido disciplinario por el Juzgado, el trabajador pretende, en primer lugar, la nulidad del despido, entendiendo que el mismo ataca a la garantía de indemnidad y por tanto, al su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, ya que alega que el despido se consuma por no suscribir aquel acuerdo transaccional que se le propuso, lo que la Sala rechaza, asumiendo las razones dadas por el Juzgado y que pasan, esencialmente, por ser la propuesta de acuerdo posterior al despido y no ser más que una oferta no aceptada. También pretende una indemnización adicional, superior a la legalmente prevista para el caso de que se confirme la condición de despido improcedente, lo que la Sala también rechaza, remontándose a previos antecedentes y a la jurisprudencia que fija la condición de indemnización previamente legalmente tasada que tiene la correspondiente al despido improcedente. En el escrito de impugnación del recurso, la empresa propone que despido procedente, instando al efecto varios motivos de impugnación, tanto fácticos como de infracción de derecho sustantivo, lo que la Sala rechaza, al exceder ello de su contenido legal.